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Presenta Raúl Morón juicio ante el TRIFE

Raul-Moron

CuartoPoder / Redacción

El senador Raúl Morón Orozco presentó ante el Tribunal Federal Electoral (TRIFE) un juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, en el cual se demanda la nulidad de la elección de la senadora Dolores Padierna como supuesta coordinadora del Grupo Parlamentario del PRD en el Senado.

El pasado 13 de marzo del presente año, Raúl Morón fue designado como coordinador del GPPRD, por el voto mayoritario de los integrantes de la Asamblea General del mismo, situación que se informó tanto al Presidente de la Junta de Coordinación Política como al Presidente de la Mesa Directiva.

En dicho juicio se acredita con documentos probatorios la legalidad de la integración actual del grupo parlamentario, la vigencia de los derechos de sus integrantes y la legítima elección de Raúl Morón Orozco como coordinador del PRD en el Senado.

Por tal motivo, el Legislador Federal señaló que “la elección de la supuesta Coordinadora, Dolores Padierna, constituye una simulación jurídica, para articular una decisión vertical y arbitraria, invadiendo la autonomía del grupo parlamentario y desconociendo la normatividad interna del grupo y del Senado”, además, viola el derecho que tienen todos los senadores a integrar un grupo parlamentario y a decidir con autonomía sus formas de organización.

“Todos los actos para pretender legalizar y legitimar el nombramiento de la senadora Padierna como nueva coordinadora del grupo, no se encuentran apegados a la legalidad, ni al principio de igualdad entre senadores y pares”, explicó Morón.

Por lo anterior, el senador Raúl Morón Orozco ha solicitado a la Mesa Directiva del Senado, se pronuncie en la próxima sesión ordinaria del Pleno, a favor de tomar nota de su elección como Coordinador legítimo y legal del grupo Parlamentario del PRD.

“El Presidente de la Mesa Directiva del Senado está obligado a declarar la vigencia de derechos que me competen como coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, en términos de lo que establecen los artículos 75 numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General y los artículos 25 numeral 2 y 29 numeral 1 del Reglamento Interior del Senado”, finalizó.