CuartoPoder Michoacán

Propone Oscar Escobar sanciones severas para quien ejerza violencia contra la mujer

CuartoPoder / Verónica Torres Medrano

Morelia, Mich.-En México, el 60 por ciento de las mujeres han enfrentado un incidente de violencia, además el 41.3 por ciento de las féminas han sido víctimas de violencia sexual y 9 son asesinadas al día, evidenció el diputado panista, Oscar Escobar Ledesma, quien consideró que es necesario que haya sanciones más severas contra los agresores.

Y es que refirió que las mujeres y las niñas sufren diversos tipos de violencia en todos los ámbitos de su vida y bajo múltiples manifestaciones, principalmente en el hogar, en el espacio público, en la escuela, en el trabajo, en el ciberespacio, en la comunidad, en la política, en las instituciones, entre otros. “A nivel global, uno de cada 3 mujeres ha sufrido violencia física y/o sexual a lo largo de su vida, y en algunos países está proporción aumenta a 7 de cada 10”.

A lo anterior, el parlamentario propuso sancionar cuando existan actos de violencia en una relación de subordinación o alguna circunstancia de discriminación del agresor sobre la víctima y que la víctima tenga parentesco con el agresor, además de contemplar como feminicidio cuando una mujer sea privada de la vida.

Y es que refirió que en Michoacán las cifras son crudas, más cuando del 2014 al 2019 se tiene documentación de 38 mil 572 casos de mujeres víctimas de violencia y el Consejo Estatal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia tiene 58 quejas por agresión laboral, violencia escolar, sexual, violencia de género y condición de salud, entre otros.

“Mientras que la Fiscalía General del Estado judicializó 150 carpetas de investigación de enero a octubre del año anterior por delitos de amenaza, ataques al honor, a la intimidad, abuso sexual, discriminación, estupro, feminicidio, hostigamiento sexual, homicidio, trata de persona, violencia familiar, entre otros”, dijo.

Su propuesta va en relación a que se impongan de 20 a 35 años de prisión y suspensión de los derechos a quien prive de la vida a su ascendiente o descendente consanguíneo en línea recta, hermano, adoptante o adoptado, cónyuge, pareja y concubinario. Cuando la víctima del delito sea una mujer, se considere feminicidio.