CuartoPoder Michoacán

Ley Olimpia entra en vigor mañana en Michoacán

CuartoPoder / Verónica Torres Medrano

Morelia, Mich.-Mañana martes entra en vigor la Ley Olimpia en Michoacán, luego de que el mandatario estatal, Silvano Aureoles Conejo, mandatara su promulgación; de cuatro a ocho años de prisión y multas entre 86 mil a 172 mil pesos, forman parte de las sanciones contra a aquellos que capturen, difundan y/o publiquen en imagen, audio o video la intimidad sexual o genital de una persona sin su consentimiento.

En conferencia de prensa, acompañado por la activista Olimpia Coral Melo Cruz y varias feministas, el gobernador del estado firmó el documento de promulgación de la Ley Olimpia, a fin de que este martes entre en vigor conforme a la ley y sea una realidad en Michoacán.

Tras colocarse el pañuelo morado en apoyo a la Ley Olimpia, el mandatario destacó que Michoacán fue el primer estado en la república en acompañar y dar seguimiento a la iniciativa, el cual dijo fue presentada el 29 de octubre en el Congreso del Estado y se aprobó el pasado 28 de diciembre, siendo la entidad número 18 en atender y aprobar el tema.

Refirió que el objetivo es visibilizar la violencia digital; castigar la violencia sexual en internet; y capacitar, prevenir y erradicar la violencia en línea contra mujeres, niñas y niños.

Asimismo dio a conocer la ruta de trabajo que se deberá seguir a partir de su publicación que van de acuerdo a la difusión de la reforma, la capacitación permanente a funcionarios públicos, diversas jornadas de prevención en escuelas, el diseño y aplicación del protocolo y ruta de atención a casos de violencia, y el acompañamiento institucional a víctimas del delito.

La Ley Olimpia contempla lo siguiente:

–          Reforma al artículo 195 del Código Penal del Estado de Michoacán, para sancionar la violencia digital a la intimidad sexual.

Se castigará a quien capture en imagen, audio o video la intimidad sexual o genital de una persona sin su consentimiento; quien solicite dichas imágenes, audios o videos; quien obtenga imágenes audios o videos con o sin el consentimiento de la persona cuya intimidad sexual o genital sea expuesta y sin autorización correspondiente los publique, comparta con un tercero o amenace con compartirlos o publicarlos.

Las penas van de cuatro a 8 años de prisión y multas de mil a dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, de 86 mil a 172 mil pesos; y por concepto de la reparación del daño por mil a dos mil UMA’s.

Las penas para estos delitos se aumentarán hasta una mitad cuando el delito lo comete una persona con la que la víctima tenga o haya tenido alguna relación de afectividad, amistad o de convivencia en el ámbito familiar; exista una relación de convivencia en el ámbito laboral, educativo o institucional; se cometa contra una persona menor de edad o no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o para resistirlo o que se encuentre en situación de vulnerabilidad por su condición social, cultural, económica o étnica.

También cuando los archivos se hayan obtenido a través del robo, acceso no autorizado o intervención de comunicaciones o de archivos privados; cuando el sujeto aproveche su empleo, cargo o comisión para cometer el delito; cuando medie amenaza para capturar u obtener las imágenes, audios, videos o datos.

Este tipo de delitos se perseguirá de oficio cuando ocurra violencia física, psicológica o verbal por cualquier medio de comunicación; y cuando las víctimas sean menores de edad o no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho o resistirlo.

–          Artículo 9 de la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres.

Se aumentó los tipos de violencia contra las mujeres y se agregó la violencia digital.

La situación en Michoacán

Al menos 302 mercados de explotación digital sexual operan en Michoacán. Del 2018 a la fecha se han detectado al menos 302 mercados de explotación digital, sitios de internet y redes sociales que compilan imágenes, fotografías y videos con contenidos íntimos a fin de promocionarlos, exhibirlos y comercializados en plataformas de Facebook y Twitter, además de páginas web de pornografía, sin el consentimiento de las mujeres.

Entre los mercados más comunes se encuentran Michoacán al desnudo, Packs de Tierra Caliente, Las más buenas de Pátzcuaro, Nudes Michoacán, Morelia Packs, STASPE Michoacán, Xnxx Videos; este último hay 279 mil 424 videos de mujeres que no dieron su consentimiento, tan solo con poner la palabra Michoacán aparecen.

En cuanto a los municipios, son: Morelia con 257 videos, Zamora con 228, La Piedad con 210, Apatzingán con 110, Lázaro Cárdenas con 89 videos y Aquila con 34 videos; además de Acámbaro con 113 fotografías.

De acuerdo a la activista Olimpia Coral Melo Cruz, en Michoacán hay registro de dos mujeres que se suicidaron, de la región de Tierra Caliente, por exhibir imágenes íntimas sin el consentimiento de la persona.

Ley Olimpia una realidad en 17 estados.

Son 18 estados los que han aprobado la Ley Olimpia. A continuación, la entidad con la fecha y las penas que aprobaron:

  1. Yucatán (1 de agosto de 2018), tipificó la “pornovenganza”
  2. Puebla (diciembre 2018), de 3 a 6 años de cárcel.
  3. Chiapas (3 de marzo de 2019), hasta 6 años de cárcel.
  4. Veracruz (23 de mayo de 2019), cuatro a ocho años de cárcel.
  5. Baja California Sur (30 de mayo de 2019), hasta 6 años de prisión.
  6. Guanajuato (19 de junio de 2019), cuatro a ocho años de prisión.
  7. Querétaro (19 de junio de 2019), hasta 6 años de cárcel.
  8. Zacatecas (20 de junio de 2019, entra en vigor en 2020), cuatro a 8 años de cárcel.
  9. Coahuila (27 de junio de 2019), 3 a seis años de cárcel y multas de hasta 176 mil pesos.
  10. Oaxaca (11 de julio de 2019), mínimo de cuatro años de cárcel.
  11. Estado de México (15 de agosto de 2019), 1 a 7 años de cárcel.
  12. Guerrero (25 de septiembre de 2019), hasta 6 años de cárcel.
  13. Nuevo León (15 de octubre de 2019), 4 a 8 años de cárcel.
  14. Aguascalientes (22 de noviembre de 2019), 1 a 4 años de prisión.
  15. Ciudad de México (3 de diciembre de 2019), 3 a 12 años de prisión.
  16. Tlaxcala (14 de diciembre de 2019), 3 a 5 años de prisión y multas que van de los 16 mil 800 pesos a 42 mil pesos.
  17. Aguascalientes (19 de diciembre), 2 a 4 años de prisión.
  18. Michoacán (28 de diciembre de 2019), de cuatro a 8 años de prisión y multas entre 86 mil a 172 mil pesos.