CuartoPoder / Redacción
Con el objetivo de garantizar la plena transparencia, rendición de cuentas y poner un freno a los actos corruptos, el Congreso del Estado aprobó reformar la Ley de Fiscalización del Estado, fortaleciendo el marco jurídico al dotar de mayores herramientas legales al órgano fiscalizador, esto como parte del segundo paquete de leyes necesarias para la implementación del Sistema Estatal Anticorrupción.
El dictamen presentado por el Grupo Plural de Trabajo integrado por las comisiones de Gobernación, Inspectora de la Auditoria Superior de Michoacán, Justicia, Jurisdiccional y Puntos Constitucionales, destaca la definición de las diferentes tipos de auditorías, tal es el caso de la auditoría forense, se encargará de la revisión rigurosa, pormenorizada, objetiva y crítica de los procesos, hechos y evidencias derivados de la fiscalización; la de inversiones físicas, la que se encargará de revisar los procesos de adquisición y desarrollo de obras públicas; así como la auditoría de desempeño con la se fiscalizará que el Gobierno cumpla con las metas y objetivos establecidos al inicio de su administración.
Se crea la Unidad de Atención y Evaluación de la Comisión, dicho órgano será el instrumento por el cual la Comisión Inspectora, cumplirá su función de vigilar el buen desempeño de la ASM, se encargará de recibir denuncias de faltas administrativas derivadas del incumplimiento de las obligaciones por parte del titular de la ASM, auditores especiales y demás servidores públicos de la Auditoría Superior, iniciar investigaciones y, en el caso de faltas administrativas no graves, imponer las sanciones que correspondan, en los términos de la Ley de Responsabilidades. Su titular será electo por el Poder Legislativo y durará en el cargo cuatro años.
Asimismo, se estableció que la Auditoría Superior podrá revisar los procesos de contratación, adjudicación, enajenación en la ejecución del presupuesto de las entidades, siempre que sea recurso público, para garantizar que los precios contratados y establecidos, hayan cumplido con las disposiciones legales. Entidades que deberán acompañar a la información que soporte la solicitud.
Con la finalidad de fortalecer al órgano fiscalizador se estableció que para la elección de su titular, se elegirá el mejor perfil, quien deberá realizar un examen de conocimientos cuyos reactivos de evaluación serán creados por instituciones educativas de educación superior, colegios de profesionistas y organizaciones de la sociedad civil, obligando a que los resultados sean públicos, además cumplir con el requisito de no hacer no haber sido Secretario de Estado, Fiscal o Procurador; Senador, Diputado Federal o Local; Titular del Ejecutivo de alguna entidad federativa; titular o en su caso comisionado de algún órgano constitucionalmente autónomo, durante el año previo al día de su nombramiento.
Para dar mayor transparencia y certeza al Plan Anual de Fiscalización, se insertaron fechas calendario concretas en que la ASM deberá entregar el proyecto al Congreso a través de la Comisión Inspectora para su aprobación. Además se introdujeron cuatro informes nuevos que deberá realizar el órgano, informe individual; especifico; de Avance de Gestión Financiera y el General.
Cabe destacar que los diputados Andrea Villanueva, Mary Carmen Bernal y Roberto Carlos López razonaron el voto a favor del dictamen, coincidiendo que esta modificación brindará certeza a la ciudadanía que las fiscalizaciones se realizarán de manera más exhaustiva, efectiva y oportuna, poniendo un freno a la corrupción y evitando con ello los malos manejos de los recursos públicos y se mejora la transparencia en la aplicación del patrimonio de los michoacanos.