CuartoPoder / Verónica Torres Medrano
Morelia, Mich.- En un periodo de dos años, los productos de plástico de un solo uso deberán sustituirse hasta su desuso total o erradicación y, si la dependencia que atiende el medio ambiente en Michoacán lo considera, los Ayuntamientos y establecimientos mercantiles podría obtener una prórroga de hasta 12 meses para adecuar reglamentos y sustituciones para cumplir la ley.
Con diversas reservas, se logró la modificación de diversos artículos y transitorios, por lo que en Michoacán no se prohibirá la venta de toallas sanitarias y tampones, denominado como gestión menstrual. Además, aquellas empresas que contaminen serán sancionadas con la reparación del daño ambiental.
Rayando en el quórum, con 21 votos a favor y 2 en contra, la Ley para la Conservación y Sustentabilidad Ambiental fue aprobada; proteger y preservar el medio ambiente es el mayor reto que se tiene con esta nueva ley indicó la presidenta de la Comisión de Desarrollo Sustentable y Medio Ambiente, Mayela del Carmen Salas Sáenz, quien aseguró que todos los sectores fueron consultados para concretar la nueva ley.
Regulación en el cambio del uso del suelo, auditorías ambientales para quienes siembran, uso del agua para fines industriales, una regulación para evitar contingencias ambientales en la deforestación y el uso de la materia prima de los árboles, forman parte de la ley.
Pero el tema que resaltó fue la prohibición de los plásticos de un solo uso, del cual especificó, “paulatinamente se tiene que inhibir su prohibición”.
En ese tenor, y acorte al artículo 4, fracción LVII, “aquellos productos plásticos o derivados principales del poliestireno o del polietileno, cuya vida útil sea de un solo uso o por un corto periodo de tiempo antes de ser desechados los cuales serán de manera enunciativa más no limitativa, bolsas, tenedores, cucharas, cuchillos, palitos mezcladores, platos, popotes o pajitas, bastoncillos para hisopos de algodón, globos y varillas para globos, vasos y sus tapas, charolas para transportar alimentos y artículos de higiene fabricados total o parcialmente de plásticos”, son los considerados prohibidos. No así los aplicadores de tampones y toallas sanitarias, especificados como gestión menstrual.
La propuesta fue hecha por el morenista, Antonio de Jesús Madriz Estrada, y con 23 votos a favor, logró que las niñas, adolescentes y mujeres no tengan dificultades para acceder a los productos de gestión menstrual como toallas, tampones, protectores, copas y demás artículos de higiene femenina, por los costos de estos productos cuando son orgánicos.
El panista Arturo Hernández Vázquez también hizo diversas reservas, las cuales fueron aprobadas y la primera de ellas fue dejar fuera a los empaques y botellas en los establecimientos mercantiles y de alimentos, toda vez que podría ser perjudicial a la salud al emplearse material reciclado en el tema.
Además de lograr que a aquellas empresas que contaminen el medio ambiente por la productividad que realicen, tendrán que reparar el daño, esto en el artículo 208; y en el transitorio sexto concretó a la prórroga a los Ayuntamientos a que tengan una prórroga de 12 meses, además de los 2 años, para concretar el reglamento correspondiente.