CuartoPoder / Víctor Armando López
Morelia, Mich.-El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán declaró por unanimidad la legalidad y validez de la elección por la gubernatura del estado, en favor del Alfredo Ramírez Bedolla.
Sin embargo, aún falta que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resuelva el Juicio de Revisión Constitucional, con lo que se podría confirmar la decisión del TEEM o podría anularse la elección, aunque esta última acción pareciera que no se dará.
Alfredo Ramírez Bedolla sería gobernador de Michoacán por el periodo que abarca del primero de octubre del presente año, al 30 de septiembre de 2027.
En la sesión del TEEM se marcó que habrá de expedirse la constancia de legalidad y validez de la elección, además de emitirse el Bando Solemne, mismo que debe fijarse en la sede de los tres poderes de Michoacán. Además de publicarse en el Periódico Oficial del Estado.
El dictamen de la declaración de validez tuvo los siguientes puntos:
PRIMERO. El Pleno del Tribunal Electoral es competente para calificar la legalidad y validez de la elección de gobernador del Estado, así como emitir, fijar y publicar el Bando Solemne correspondiente.
SEGUNDO. El seis de junio de dos mil veintiuno, tuvo verificativo la elección de gobernador del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, en la que, de acuerdo con el cómputo estatal definitivo de la elección, el candidato que más votos obtuvo para ocupar ese cargo fue el ciudadano Alfredo Ramírez Bedolla.
TERCERO. La elección cumplió con todos los actos, requisitos y principios previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo y en el Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo.
CUARTO. Se declara la legalidad y validez de la elección de gobernador del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, celebrada el seis de junio de dos mil veintiuno.
QUINTO. El ciudadano Alfredo Ramírez Bedolla cumple con los requisitos de elegibilidad previstos por los artículos 49 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, 13 del Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo.
SEXTO. Se declara electo al ciudadano Alfredo Ramírez Bedolla, como gobernador del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, para el periodo comprendido del uno de octubre de dos mil veintiuno al treinta de septiembre de dos mil veintisiete.
SÉPTIMO. Expídase la constancia de legalidad y validez de la elección y emítase el Bando Solemne de la presente declaratoria, mismo que deberá ser fijado con la solemnidad correspondiente en las sedes de los Poderes del Estado.
OCTAVO. Publíquese el Bando Solemne referido en el punto anterior, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo y por lo menos dos diarios de circulación estatal.