CuartoPoder / Víctor Armando López – La Página Noticias
Morelia, Mich.-Quedaría sin efecto la sanción impuesta a Raúl Morón Orozco, por lo que recuperaría su derecho a ser exclusivamente registrado al cargo de candidato de Morena por la gubernatura de Michoacán.
Ello de acuerdo con el proyecto de resolución de los Juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y recursos de apelación, que habrá de votarse en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) hasta la próxima semana, pues se tenía contemplado hacerlo esta tarde de jueves, pero la fecha se postergó.
En este proyecto los magistrados puntualizan que tanto Raúl Morón Orozco como el partido Morena no presentaron los informes de gastos de precampaña, por tanto ambas partes tienen responsabilidad y deben ser sancionadas de la misma manera, y no individualizar casos.
Cuando se apruebe este proyecto y se notifique del mismo a las partes, el INE tendrá un plazo de 72 horas para dictar una nueva resolución.
En el proyecto de los expedientes SUP-JDC-623/2021 y acumulados, se revoca el Acuerdo INE/CG358/2021. Aunque falta la votación de los magistrados, misma que podría ganarse por mayoría.
Pero mientras ello se da, en el proyecto de resolución de la Sala Superior del TEPJF se marca:
1.-Se deja sin efecto la sanción impuesta a Raúl Morón Orozco, consistente en la pérdida del derecho de ser registrado exclusivamente como candidato al cargo de Gubernatura, en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021 en el estado de Michoacán de Ocampo.
2.-El Consejo General del Instituto Nacional Electoral, dentro del término de 72 horas siguientes a que se le notifique la presente sentencia, deberá dictar una nueva resolución en la que proceda a calificar la falta e individualizar la sanción a imponer a Raúl Morón Orozco, en la que si bien tendrá que cumplir con lo dispuesto en la sentencia dictada en el SUP-RAP-74/2021 y acumulados, particularmente en lo relativo a la referida calificación de la falta e individualización de la sanción, también tendrá que tomar en cuenta que Morena y la persona citada incurrieron en la misma falta, derivada de la misma omisión, esto es, ambos omitieron entregar el informe de ingresos y egresos de precampaña, del actual proceso electoral local en Michoacán, respecto de la candidatura a la gubernatura del estado (incluso, al partido se le atribuyó haber dejado de entregar dos informes, el de la persona citada, y el del precandidato a Presidente Municipal de Morelia, Michoacán)—, y en su oportunidad determinó que el partido actuó con culpa, su falta es grave especial y no le impuso la sanción más alta, por lo que al calificar la falta e individualizar la sanción respecto de Raúl Morón Orozco, deberá tomar en cuenta los mismos parámetros, dado que no se observan diferencias en el proceder de ambos.
3.-En razón de lo anterior, y dado lo avanzado del periodo de campaña en el proceso electoral local en curso en el estado de Michoacán, se ordena al Organismo Público Local Electoral de esa entidad que, de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de veinticuatro horas contadas a partir de que le sea notificado el fallo, lleve a cabo la revisión de los requisitos de elegibilidad de Raúl Morón Orozco como candidato a la gubernatura por Michoacán, y determine lo que en derecho corresponda.
4.-Las autoridades vinculadas con el cumplimiento a esta ejecutoria, deberán informar lo conducente dentro de las veinticuatro horas a que ello ocurra, debiendo adjuntar las constancias que así lo acrediten.