CuartoPoder / Verónica Torres Medrano
Morelia, Mich.- Al considerarse una falta administrativa y no una violación a los derechos político-electorales, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) respecto a la restitución de los derechos político-electorales del presidente municipal de Zamora, Martín Samaguey Cárdenas por no ser convocado a la vigésimo novena sesión del Ayuntamiento de Zamora.
Y es que el pasado 31 de mayo, el TEEM consideró que el secretario del Ayuntamiento obstaculizó el ejercicio del alcalde al no convocarlo a la sesión, pero principalmente, por tocar temas que le competían al edil.
Sin embargo, la magistrada presidenta de la Sala Regional Toluca, Marcela Elena Fernández precisó que se trata de un asunto administración y que no existen las pruebas para la vulneración de los derechos político-electorales, por lo que consideró como “insuficiente” la resolución del órgano electoral local.
Mientras que el magistrado, Alejandro David Avante consideró que si se violaron los derechos políticos-electorales del alcalde de Zamora al no haberlo convocado a la sesión.
Fueron dos votos a favor para la revocación de la sentencia del TEEM, por lo que los acuerdos que se plasmaron en dicha sesión, tendrán que cumplirse. Al menos que el alcalde interponga un recurso ante la Sala Superior del TEPJF.